Con motivo de haberse realizado
un nuevo acuerdo de recomposición salarial, los empleados de comercio
comprendidos en la convención colectiva de trabajo N° 130/75 han actualizado su
escala salarial en forma escalonada, lo que repercute en forma directa en los
capitales asegurados previstos en el artículo N° 97 del mencionado convenio, el
que establece un seguro de vida de contratación obligatoria para todos los
empleados de ese sector.
Consecuentemente los importes de
las sumas aseguradas individuales se han actualizado conforme al siguiente
detalle:
Octubre a Diciembre de
2016……………...…… $ 172.773
Enero de 2017 en
adelante……………………… $ 191.935
A fin de adecuar los capitales
asegurados a lo establecido por esta normativa, las compañías estarán emitiendo
los endosos de aumento en la suma asegurada individual, para todas las
operaciones vigentes correspondientes.
Les recordamos que el Seguro de
Vida Colectivo por Convenio Mercantil es adicional a la contratación del Seguro
Colectivo de Vida Obligatorio Decreto 1.567/74 y a las indemnizaciones
obligatorias previstas por los artículos 212 y 248 de la Ley de Contrato de
Trabajo N° 20.744.