lunes, 14 de noviembre de 2016

AUMENTO DE SUMA ASEGURADA INDIVIDUAL DEL SEGURO DE VIDA COLECTIVO POR CONVENIO MERCANTIL

Con motivo de haberse realizado un nuevo acuerdo de recomposición salarial, los empleados de comercio comprendidos en la convención colectiva de trabajo N° 130/75 han actualizado su escala salarial en forma escalonada, lo que repercute en forma directa en los capitales asegurados previstos en el artículo N° 97 del mencionado convenio, el que establece un seguro de vida de contratación obligatoria para todos los empleados de ese sector.

Consecuentemente los importes de las sumas aseguradas individuales se han actualizado conforme al siguiente detalle:
Octubre a Diciembre de 2016……………...…… $ 172.773
Enero de 2017 en adelante……………………… $ 191.935

A fin de adecuar los capitales asegurados a lo establecido por esta normativa, las compañías estarán emitiendo los endosos de aumento en la suma asegurada individual, para todas las operaciones vigentes correspondientes.


Les recordamos que el Seguro de Vida Colectivo por Convenio Mercantil es adicional a la contratación del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto 1.567/74 y a las indemnizaciones obligatorias previstas por los artículos 212 y 248 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.