miércoles, 3 de agosto de 2016

Los siniestros de Uber no se pagarán

Aseguradoras del ramo Automotores y operadores de seguros para remises y taxis, sostienen que los siniestros de vehículos que trabajen bajo el sistema de Uber serán rechazados.


Desde su desembarco en el Area Metropolitana de Buenos Aires a comienzos de abril, Uber ya lleva más de medio millón de descargas y 37.000 choferes asociados. No hay piquete de taxistas ni orden judicial que logre detener este fenómeno. La firma Uber Technologies Inc., oriunda de San Francisco, California, hace olas donde sea que vaya. Y mientras en CABA se discuten cuestionamientos legales, bloqueos varios, reglamentaciones de tránsito, rechazos sectoriales y competencia desleal, el servicio sigue funcionando. Se supone que no, pero sí. En este limbo, la pregunta es quién paga los siniestros en el mientras tanto, cuando infinidad de autos asegurados como particulares están siendo usados para trabajar, específicamente para el transporte oneroso de personas.


"Nadie. La aseguradora que logre probar que un siniestro se dio en el marco de un viaje Uber, no lo pagará", dice una de las fuentes en off the record de esta nota. Como la cuestión no está resuelta todavía, algunas voces autorizadas en materia de seguros Automotores prefieren no dar nombres, aunque no se privan de dar información y opiniones. "Hoy hay 37 mil autos asegurados expuestos a la declinación de cobertura porque, estando asegurados como autos particulares, se usan para el transporte de pasajeros. Es una carga del asegurado informar a la aseguradora el cambio de uso del vehículo objeto del seguro. Si no lo hace, está generando una agravación del riesgo y si no informa de esto a la aseguradora, se declinará la cobertura", sostiene la misma fuente con el grabador apagado. Nótese que habla de declinación de cobertura y no de exclusión. Eso se debe a que la Resolución de Superintendencia de Seguros de la Nación N° 39.327 de 2015 eliminó el cambio de uso como exclusión de cobertura y lo transformó en una carga del asegurado.



PUNTO DEBIL. El talón de Aquiles de las aseguradoras en esta epopeya es la prueba. ¿Cómo hace una aseguradora para probar que el siniestro tiene se génesis en el uso de esta aplicación móvil? "No hay forma de que una aseguradora sepa con seguridad y en todos los casos si un vehículo trabaja o no para Uber. Sólo podría surgir de una investigación en caso de siniestro, pero sin ninguna certeza", lamenta Juan Carlos Gordicz, gerente general de Orbis Compañía Argentina de Seguros, una de las principales aseguradoras de taxis y remises del mercado. Gordicz sostiene que si los siniestrados fueran los pasajeros transportados, es decir los clientes de Uber, quizás la aseguradora tendría la oportunidad de tomar conocimiento de esta irregularidad al momento de recepcionar el reclamo o de la revisación médica. "También se podría dar si ese tercero transportado no fuera víctima del siniestro pero aceptara ser testigo en una causa penal", completa el ejecutivo al tiempo que confirma que si una aseguradora acredita el uso de un auto para Uber sin que dicho uso estuviera declarado en el momento de contratar la póliza, "estará legalmente habilitada a rechazar el siniestro".



Ahora, estimado lector, dígame qué cree usted que haría un pasajero de Uber si se lesiona en un accidente de tránsito. ¿Denuncia la irregularidad y se embarga como testigo en un juicio penal contra el chofer, situación que puede comprometerlo durante años, o enfunda la mandolina, la cambia por un cuento chino y cobra la dulce y pronta indemnización del seguro? "Hay equipo para el fraude. No podemos decir que todos se van a comportar de esta manera, pero es una posibilidad seria. Recordemos que los choferes de los remises truchos les pedían a los pasajeros que viajaran adelante e incluso les suplicaban que, si pasaba algo -los paraba la policía o tenían un accidente-, repitieran una coartada que les permitiera engañar al agente de tránsito y/o a la aseguradora. Se puede volver a dar, al menos hasta que la situación de Uber se regularice. Hoy, además, teniendo en cuenta que los taxistas atacan a los choferes de esta app cuando los detectan, ya debe haber varios pasajeros viajando en el asiento del acompañante alegando ser un amigo del que maneja", advierte fuera del micrófono un experto en materia de fraude y seguros.



Y decimos "amigo" porque la cosa no es tan fácil como para decir "es mi tía". Recordemos que los transportados que son familiares del titular de la póliza hasta tercer grado no son indemnizados en caso de un siniestro, tanto si se trata de vehículos particulares como de taxis y remises.



Gordicz propone como una alternativa permitir que las aseguradoras accedan al sistema de Uber para verificar si un vehículo está bajo su servicio en el momento de contratación de la póliza, aunque esto no resuelve la cuestión para las pólizas que ya están dadas de alta. "Se podría acceder también en el momento del siniestro. El inconveniente en este último caso es que la única posibilidad de la aseguradora en ese momento será rechazar el siniestro. No sería una conducta preventiva", puntualiza. Hay más voces a favor del blanqueo del listado de autos/choferes, pero en principio, hasta que no se regularice la situación del servicio, nadie espera que se avance en ese sentido.



QUE TE LO PAGUE MAGOYA. Ya se dijo que el hecho de utilizar comercialmente un vehículo asegurado como uso particular implica el incumplimiento de la carga de no modificar el estado del riesgo. Pero hay otros varios motivos por los que una aseguradora puede hoy rechazar un siniestro Uber, con las cosas como están. Por ejemplo, si se da un accidente mientras un vehículo da un servicio de transporte oneroso y su conductor carece de licencia habilitante para esa categoría de rodado, el riesgo se encontrará excluido respecto de las coberturas de RC Obligatoria, RC Voluntaria, Daños al vehículo e Incendio. También los estará respecto de la RC y de Daños al Vehículo si el siniestro ocurre mientras un auto asegurado como particular presta un servicio de transporte oneroso de personas.



"Estamos para pagar los siniestros en la medida de la cobertura. Si el asegurado no cumple con el contrato, el siniestro se lo va a pagar Magoya o, lo que es peor, lo va a tener que pagar él. Sin dudas, las aseguradoras vamos a tener problemas con los terceros que quieran cobrar seguros que no los cubren, pero los asegurados son los que pierden en este juego ya que finalmente caerá sobre ellos el reclamo si hay lesionados o fallecidos", advierten en esta nota.



LA COBERTURA Y PRECIO. Una eventual regularización de la situación de Uber debería incluir una respuesta a la cuestión asegurativa. La tarifa del seguro Automotor cambia según el tipo de vehículo y el uso que se le dé. Según normativa de Superintendencia, la cobertura de Responsabilidad Civil -que cubre a los pasajeros transportados- para autos particulares es de hasta 4 millones de pesos mientras que para los autos que transportan pasajeros, como remises y taxis, es de hasta 13 millones. Algunas fuentes consultadas por Estrategas sostienen que la segunda cobertura sale hasta un 40% más cara que la primera. "La diferencia podría ser de entre 2,5 y 2,8 veces más. Dependerá de si la comparación la hacemos respecto de una póliza para taxi utilizado por su dueño, taxi de mandatarias o remises", pasa en limpio Gordicz.



El problema para los aseguradores es que Uber permite que los autos que trabajan bajo su órbita tengan un seguro particular e incluso vende esta característica como una ventaja por el evidente ahorro que eso significa. Además, está la cuestión del nivel profesional de quienes manejan. Las compañías asumen que los taxis con licencia y remises habilitados son conducidos por personas que saben lo que hacen. "Hoy por hoy, técnicamente, cuando un vehículo tiene dos usos, se le cobra la tarifa del uso que representa la mayor agravación del riesgo porque es muy difícil probar cuánto tiempo se usa para cada actividad. Si la ley termina por habilitar la aplicación, asumo que será aplicándole las mismas exigencias que hoy pesan sobre el resto de los servicios de transporte público de pasajeros. Como sea, en caso de legalizarse, nuestro organismo de control será quien defina el encuadramiento de este nuevo tipo de vehículos. Yo no imagino razones por las que ese encuadramiento pudiera ser distinto al que hoy enmarca a los taxis y remises", opina la máxima autoridad de una aseguradora muy bien rankeada en producción del ramo Automotores.



Sin embargo, hay consenso sobre que resultaría conveniente que los vehículos afectados a Uber (que no tiene el riesgo de un taxi porque, por lo general, no trabajan 24 horas para la app, pero que sí tiene más riesgo que los particulares) cuenten con un seguro especial, a medida, diseñado para ese riesgo concreto. "Sería altamente conveniente que tengan un seguro especial, cuyo costo podría oscilar entre los de un vehículo particular y los de un taxi o remís, dependiendo de la cantidad de horas diarias que trabaje para la aplicación. Pero sin dudas la cobertura de Responsabilidad Civil nunca debería ser menor a la de estos últimos", aporta el gerente general de Orbis. Los 13 millones de pesos de RC tienen sentido ya que el chofer debe responder por todos los daños y lesiones causadas a terceros damnificados y a pasajeros transportados. "Si la cobertura de RC del seguro no fuera suficiente, eventualmente dicho exceso podría ser reclamado a los propietarios de la aplicación, en tanto y en cuanto éstos constituyeran domicilio en la Argentina, ya que se trataría de transporte de pasajeros con el objetivo de obtener una renta", deja aclarado Gordicz.



La aplicación de tecnología a los vehículos Uber sería clave para registrar la real dimensión de su uso para el transporte de pasajeros. "Tal vez se podría aplicar una suerte de scoring, pero ya estamos delirando porque no hay nada concreto. Uber hoy es ilegal", zanja un off the record.



EXPERIENCIAS PREVIAS O AJENAS. En Buenos Aires y en otras ciudades del interior del país hubo experiencias anteriores Uber en materia de aplicaciones móviles para el transporte de pasajeros. Por ejemplo, en CABA, Easy Taxi y Safer Taxi tuvieron sus batallas legales, incluso cuando sólo buscaban relacionar a los viajantes con choferes profesionales, es decir taxistas hechos y derechos, con licencia en mano. Y es que el uso de apps en el ámbito de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires por ahora está normativamente concedido únicamente a las empresas de radiotaxi, que tienen la cuestión del aseguramiento perfectamente resuelta.



Miremos el resto del mapa. En España, Uber sólo opera con conductores profesionales (autónomos o empresas) que cuenten con licencias VTC (necesarias en ese país para poder transportar pasajeros). En materia asegurativa, Uber brinda a sus conductores una póliza de RC que cubre las contingencias que su seguro habitual no cubra, por ser un transporte remunerado de pasajeros.



En Brasil y en Chile, en cambio, están en el mismo brete que nosotros. A pesar de que las autoridades ya definieron que los choferes y autos asociados a Uber deben ajustarse a los requisitos que estipula la ley respecto al servicio de taxis, todavía hay quienes prestan el servicio sin dar cumplimiento a las exigencias. En estos países vecinos, muchos vehículos están siendo detenidos, multados y puestos fuera de circulación.



Eliana Carelli



Ley de tránsito y Uber



Según la Ley de Tránsito N° 24.449, todo vehículo de transporte de personas debe contar con habilitación, inscripción y permiso de la autoridad de transporte que corresponda, y toda persona que conduzca vehículos de transporte de personas debe a obtener una licencia profesional.



Uber, según expresa en su página web, sólo exige que el chofer tenga más de 21 años, que dispongas de un auto (2008 o posterior con cuatro puertas, aire acondicionado, espacio para valijas y excelentes condiciones generales) y que presente los documentos requeridos en regla, a saber: licencia de conducir vigente, certificado de antecedentes penales, cédula blanca, verde o azul, y oblea de seguro automotor obligatorio del auto).



AAPAS y Uber



La Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros hizo público un comunicado en el que recomendó que ningún productor matriculado promueva contratos de seguros para quienes operen en una actividad comercial ilegal como Uber.



"Asimismo -continúa la misiva-, recomendamos a nuestros asociados hacer saber a sus clientes asegurados que las pólizas vigentes para vehículos particulares excluyen la responsabilidad de resarcimiento al asegurado y/o terceros por eventuales siniestros acaecidos en el marco del uso del automotor como instrumento de un contrato de transporte a título oneroso. Toda falta u omisión de información a la aseguradora sobre el real estado del riesgo -en este caso, el uso que se le dará al vehículo- al momento de la contratación de la póliza, dará lugar a la aplicación del instituto dereticencia que automáticamente establece la nulidad del contrato. Asimismo, la no información del cambio del estado del riesgo durante la vigencia de la cobertura -en este caso, transformar el uso del vehículo de particular a comercial- da lugar a la suspensión automática de la cobertura, en virtud de las previsiones sobre Agravamiento del Riesgo en la Ley de Seguros, eximiendo al asegurador de cubrir el eventual siniestro que pueda presentarse".



FAPASA y Uber



La Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros Argentinas remarcó en un comunicado que Ley de Seguros indica que no es posible asegurar los riesgos emergentes de una actividad ilegal. El riesgo asegurable debe ser lícito (art. 60).



"El art. 2 de la Ley de Seguros -continúa el comunicado- se refiere a este tema cuando determina que ‘el contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la ley'."


(Fuente: Revista Estrategas)