A raíz de la resolución Nro. 39927 de la SSN de fecha
14/07/2016, la Superintendencia de Seguros de la Nación introdujo
modificaciones a la normativa vigente aplicable al Seguro Automotor.
Compartimos con Uds. los nuevos límites de suma asegurada que implementaremos
para las pólizas nuevas y renovaciones a partir del 1º de Septiembre de este
año. A continuación detallaremos los nuevos límites de suma asegurada:
Respecto a la limitación de la cobertura para vehículos que
ingresen a aeródromos y/o aeropuertos (CA - RC 5.1) y/o campos petrolíferos (CA
- RC 5.2), se dispuso que la cobertura de lesiones o muertes no puede ser
inferior a los montos establecidos para el seguro obligatorio de
Responsabilidad Civil.
La
nueva normativa establece la eliminación de la definición de daño total,
conocida como cláusula del 20% (que establecía que hay daño total cuando el
valor de los restos no superase el 20% del valor de venta al público al contado
en plaza del valor del vehículo asegurado). Los contratos que la contengan la
mantendrán hasta su extinción y en la renovación aplicará automáticamente la
cláusula del 80%.
